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RDL 29/2026: IVA 10 % en alquiler corto e IRPF

El BOE del 7 de octubre publica dos decretos: el fiscal (RDL 29, vigor 8-oct) y el civil de la LAU (RDL 28, 15-nov).
​ 9 de octubre de 2026 por
RDL 29/2026: IVA 10 % en alquiler corto e IRPF

El 7 de octubre de 2026 el BOE publicó dos reales decretos-ley, no uno. El fiscal es el RDL 29/2026 (BOE-A-2026-20823): IRPF, IVA, IBI y SOCIMI. Vigor general el 8 de octubre. El civil es el RDL 28/2026 (BOE-A-2026-20822): prórroga del alquiler de vivienda habitual (LAU art. 10). Entra el 15 de noviembre y está pendiente de convalidación.

Resumen de la Agencia Tributaria: medidas del RDL 29/2026. Esto no es asesoramiento personalizado ni una liquidación firme.

1 dic

2026 · IVA 10 %
alquiler corto (devengo)

8 oct

2026 · IRPF
reducciones del alquiler

15 nov

2026 · LAU (RDL 28)
civil, pendiente de convalidar

IVA: 10 % en alquiler corto desde el 1 de diciembre

Hasta el 30 de noviembre de 2026 el alquiler de vivienda sin servicios de industria hotelera sigue exento (art. 20 LIVA).

Desde el 1 de diciembre de 2026 dejan de estar exentos los arrendamientos de apartamentos o viviendas amueblados cuando hay servicios hoteleros o la estancia es de 30 noches o menos al mismo arrendatario y el inmueble no es la vivienda habitual del arrendador. Pasan al tipo reducido 10 % (art. 91.Uno.2.2.º LIVA).

El 10 % también aplica a obras de renovación o reparación de viviendas destinadas a arrendamiento habitual (pago bancario, antigüedad de al menos 2 años, materiales ≤ 40 % de la base).

Tipo superreducido en la entrega por promotores de VPO con calificación permanente o indefinida.

A quién afecta: quien alquila por plataformas de corta estancia sin hotelera, si la estancia es de 30 noches o menos y no es su vivienda habitual. Hay que mirar duración, habitualidad y servicios antes de cambiar el IVA.

IRPF: reducciones del alquiler desde el 8 de octubre

Desde el 8 de octubre de 2026 se reordenan las reducciones del rendimiento neto del alquiler de vivienda (quien no es gran tenedor).

Si el nuevo contrato del mismo arrendador baja la renta más de un 5 %, aplican los tramos altos. Si la renta sube, los tramos bajos. Quien no sube se queda en el tramo intermedio.

El inquilino de vivienda habitual puede deducir el 10 % de lo pagado si su base imponible es inferior a 33.007,20 €, con requisitos (entre ellos, no ser titular de otra vivienda a menos de 50 km, con salvedades).

Estas reglas no liquidan su IRPF: hay que ver contrato, zona y si es gran tenedor.

IBI turístico y SOCIMI

En zona tensionada, recargo de IBI sobre residencial de alojamiento turístico: hasta el 50 % de la cuota líquida; 100 % si el titular tiene 2 o más inmuebles; 150 % si tiene 4 o más. Lo fija la ordenanza municipal.

Las SOCIMI pasan a un gravamen especial del 25 % sobre los beneficios no distribuidos de arrendamiento o cesión residencial (incluidos los turísticos).

RDL 28/2026: prórroga del alquiler habitual (civil)

No es IVA ni IRPF. Tras el plazo mínimo (5 años; 7 si el arrendador es persona jurídica), el contrato se prorroga por plazos sucesivos de la misma duración. Si el arrendador no renueva, hay indemnización.

Vigor el 15 de noviembre de 2026. Las Cortes están disueltas: hasta que lo convalide la Diputación Permanente, no darlo por firme.

En Contaldia revisamos caso por caso (duración de la estancia, vivienda habitual del arrendador, gran tenedor, zona tensionada). No sustituye un análisis de su situación ni una liquidación. Escríbanos a info@contaldia.com · 931 94 94 80.